Plazo:
Inicio 30/10/2008 Fin 30/07/2009
Objeto:
Establecer las normas por las que se regirá el concurso para la concesión de subvenciones a pequeñas y mediana empresas (Pymes) y emprendedores mediante bonos tecnológicos.
Objeto:
Establecer las normas por las que se regirá el concurso para la concesión de subvenciones a pequeñas y mediana empresas (Pymes) y emprendedores mediante bonos tecnológicos.
Requisitos:
Las entidades que pretendan beneficiarse del presente régimen de subvención deberán cumplir con los siguientes requisitos:
1. Que los datos aportados, tanto en los impresos normalizados como en la memoria que acompaña a la solicitud, se deduzca que el proyecto está adecuadamente definido tal que permite ser evaluado conforme a los criterios establecidos.
2. El beneficiario deberá autofinanciar el proyecto o servicio en, al menos, un 25% del coste aprobado del proyecto, salvo para los TIC-1 y TEC-1 que será del 20%.
En ningún caso podrá concertarse por el beneficiario la ejecución total o parcial de las actividades subvencionadas con personas o entidades vinculadas con aquél, salvo que concurran las siguientes circunstancias:
1º) Que la contratación se realice de acuerdo con las condiciones normales de mercado.
2º) Que se obtenga la previa autorización del órgano concedente en los términos que se fijen en las bases reguladoras.
Sujetos beneficiarios:
Podrán acogerse a la presente Resolución de acuerdo con estas bases las pequeñas y medianas empresas (Pymes), que desarrollen su actividad en el ámbito
territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Cuantía:
El importe total de dotación económica, con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2008, será de 2.350.000,00 euros.
La dotación presupuestaria citada está cofinanciada en un 85% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), a través del Programa Operativo FEDER Canarias 2007-2013, en su Eje 1. Desarrollo de la economía del conocimiento, categoría de gasto 05.
Órgano al que se dirige:
Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información
Solicitudes:
ANEXO II. INSTANCIA DE SOLICITUD - ANEXO_II_Sol.doc (305 Kb)
ANEXO III. MEMORIA Y PRESUPUESTO DEL PROYECTO A PRESENTAR AL PROGRAMA DE BONOS TECNOLÓGICOS. - ANEXO_III.doc (171 Kb)
ANEXO IV.MODELO DE LIQUIDACIÓN - ANEXO_IV.doc (163 Kb)
Plazo de presentación:
Para el ejercicio de 2008 el plazo de presentación de las solicitudes será desde el día siguiente de la publicación de la Resolución ( 29/10/2008) hasta el 30 de junio de 2009.
Documentación a aportar:
Las solicitudes se presentarán por duplicado y deberán ir acompañadas del original y dos copias de los siguientes documentos:
a) Impresos normalizados, según anexo II.
b) Memoria explicativa y presupuesto del proyecto, según anexo III.
c) Escritura de constitución o equivalente.
d) Poder del representante.
e) C.I.F. o N.I.F. del solicitante.
f) Certificados de estar al corriente del pago de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social, salvo autorización del solicitante a la ACIISI para su consulta por vía telemática.
Lugar de presentación:
Registro/s de Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información
Así como en los demás registros regulados en el Decreto 164/1994, de 29 de julio.
Órgano que resuelve:
Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información
Criterios de valoración y baremación:
El criterio de valoración será el orden de presentación de las solicitudes completas, o en el supuesto de la subsanación de errores, la presentación de la documentación preceptiva completa si así se hubiera requerido, en los registros a los que hace referencia la base general segunda. En caso de que los fondos disponibles no fueran suficientes para atender todas las solicitudes presentadas y para las no resueltas no pudiera determinarse el orden de presentación por la causa que fuere, se procederá a la aplicación de criterios de priorización y, en consecuencia, las ayudas se concederán bajo el régimen de concurrencia competitiva, estableciendo una prelación de acuerdo con los límites presupuestarios.
Los criterios de priorización se aplicarán por el orden en que se indican a continuación:
1) Empresas que no hayan sido beneficiarias durante los tres últimos años por subvenciones del Gobierno de Canarias.
2) Tamaño de la empresa, de menor a mayor, en función del número de trabajadores y del volumen de facturación, por este orden.
3) Ubicación de la empresa en islas no capitalinas.
Plazo de resolución:
La fecha límite para resolver será de 30 días a partir de la recepción de la solicitud. A la vista de las solicitudes presentadas, previo cumplimiento de los trámites oportunos por el órgano competente, se podrá ampliar el plazo de resolución hasta la fecha máxima autorizada. El plazo máximo de resolución será el 30 de julio de 2009.
Efecto del silencio administrativo:
desestimatorio
Forma de abono:
El abono de la subvención será por justificación y se estará a lo dispuesto en los artículos 31 y 33 del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Concesión:
- Resolución de 17 de abril de 2009, del Director (BOC Nº 87, de 8.05.2009), por la que se rectifica la Resolución de 9 de marzo de 2009, que concede subvenciones mediante bonos tecnológicos, de conformidad con la Resolución de 20 de octubre de 2008, por la que se aprueban las bases reguladoras para el período 2008-2013, que han de regir en la concesión de subvenciones a Pymes y emprendedores mediante bonos tecnológicos, y se efectúa la convocatoria para 2008 (B.O.C. nº 54, de 19.3.09)
- Resolución de 15 de abril de 2009, del Director (BOC Nº 77, de 23.04.2008), por la que se conceden subvenciones mediante bonos tecnológicos, de conformidad con la Resolución de 20 de octubre de 2008, que aprueba las bases reguladoras para el período 2008-2013, que han de regir en la concesión de subvenciones a Pymes y emprendedores mediante bonos tecnológicos, y se efectúa la convocatoria para 2008
- Resolución de 9 de marzo de 2009, del Director (BOC Nº 54, de 19.03.2009), por la que se conceden subvenciones mediante bonos tecnológicos, de conformidad con la Resolución de 20 de octubre de 2008, que aprueba las bases reguladoras para el período 2008-2013, que han de regir en la concesión de subvenciones a Pymes y emprendedores mediante bonos tecnológicos, y efectúa la convocatoria para 2008
Marco legal específico:
- Resolución de 20 de octubre de 2008, del Presidente (BOC Nº 217, de 29.10.2008), por la que se aprueban las bases reguladoras para el período 2008-2013, que han de regir en la concesión de subvenciones a Pymes y emprendedores mediante bonos tecnológicos, y se efectúa la convocatoria para 2008
Marco legal general:
Enlaces relacionados:
Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información






